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Publicación del SMI 2026 en el BOE

SMI 2026: Ya está publicado en el BOE y esto es lo que cambia para tu empresa

Por Esteban Asesores | 23 de febrero de 2026

Lo que hasta hace unos días era solo un acuerdo del Consejo de Ministros, ya tiene plena validez legal. El pasado 19 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto 126/2026, que oficializa el nuevo Salario Mínimo Interprofesional para este año.

En Esteban Asesores analizamos la letra pequeña de esta publicación para que sepas exactamente qué pasos dar en tu negocio y qué esperar en los próximos meses.


1. Las cifras oficiales: 1.221 € brutos al mes

El nuevo SMI se fija en 1.221 euros mensuales repartidos en 14 pagas, lo que supone un total de 17.094 euros anuales. Este incremento del 3,1% respecto a 2025 tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026.

¿A quién afecta más esta subida?

  • Salarios próximos al mínimo: Deben ajustarse inmediatamente para no incurrir en infracciones.
  • Contratos de corta duración: Especial atención a los finiquitos y liquidaciones.
  • Empleadas de hogar: El mínimo por hora trabajada también se ve incrementado.


2. ¿Qué ocurre con la compensación y absorción de pluses?

Esta es la pregunta que más nos hacéis en el despacho. Con el Real Decreto actual en la mano, la situación es la siguiente:

  • Situación actual (Lo que dice el BOE): Se mantiene la regulación clásica. El SMI actúa como un «suelo» en cómputo anual. Esto significa que, de momento, se pueden seguir utilizando ciertos complementos salariales para alcanzar ese mínimo de 1.221 €.
  • La advertencia del Gobierno: El Ejecutivo ya ha anunciado una reforma adicional para limitar esta absorción. La intención es que pluses como la nocturnidad, peligrosidad o antigüedad no puedan usarse para cubrir la subida del SMI.

💡 Consejo de Esteban Asesores: Aunque el Gobierno ha anunciado esta reforma «anti-absorción», todavía no ha entrado en vigor. Nuestra recomendación es aplicar lo que dice el BOE actual, pero estar preparados para un posible aumento de costes si esa reforma se publica próximamente.


3. Tareas urgentes para el empresario y autónomo

Dado que la norma ya es oficial, el margen de maniobra es inmediato:

  1. Revisión de nóminas: Comprobar que ningún trabajador percibe menos de los 17.094 € anuales sumando todos sus conceptos absorbibles.
  2. Cálculo de atrasos: En la nómina de febrero o marzo se deben abonar las diferencias no pagadas en enero.
  3. Auditoría de convenios: Verificar si el convenio colectivo de tu sector aplica reglas más beneficiosas que el propio SMI.


¿Cómo te ayudamos en Esteban Asesores?

Sabemos que gestionar cambios legislativos mientras diriges un negocio no es fácil. Por eso, ponemos a tu disposición nuestro equipo experto para:

  • Aplicar correctamente el SMI 2026 según tu convenio específico.
  • Calcular los atrasos desde el 1 de enero de forma automatizada y sin errores de cotización.
  • Simular el impacto futuro: ¿Qué pasaría con tus costes laborales si finalmente prohíben la absorción de pluses? Te ayudamos a planificar ese escenario.

No esperes a que lleguen las inspecciones o las reclamaciones. Contacta con nosotros para una revisión personalizada de tus nóminas y un plan de adaptación seguro.


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